CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA DECLARA EXEQUIBLE EL TLC - COMUNICADO DE PRENSA No. 35
La Corte Constitucional, en la sesión de la Sala Plena celebrada el día 24 de julio de 2008, profirió las sentencias por medio de las cuales se efectuó la revisión oficiosa de constitucionalidad del “Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus “Entendimientos”, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006 y de la Ley 1143 de 2007, aprobatoria del mismo, así como del “Protocolo Modificatorio” del mismo Acuerdo firmado en Washington el 28 de junio de 2007 y la Carta Adjunta de la misma fecha. Las decisiones adoptadas fueron las siguientes.
1. EXPEDIENTE LAT-311 - SENTENCIA C-750/08
Magistrada ponente: Dra. Clara Inés Vargas Hernández
2. Decisión
Primero.- Declarar EXEQUIBLE la Ley 1143 de 4 de julio de 2007 “Por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus “Entendimientos, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006.
Segundo.- Declarar EXEQUIBLE el Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América”, sus “Cartas Adjuntas” y sus “Entendimientos, suscritos en Washington el 22 de noviembre de 2006.
3. EXPEDIENTE LAT-319 - SENTENCIA C-751/08
Magistrado ponente: Dr. Manuel José Cepeda Espinosa
4. Decisión
Primero.- Declarar EXEQUIBLE la Ley 1166 del 21 de noviembre de 2007 “Por medio de la cual se aprueba el Protocolo Modificatorio al Promoción Comercial Colombia- Estados Unidos”, firmado en Washington, Distrito de Columbia el 28 de junio de 2007 y la Carta Adjunta de la misma fecha.
Segundo.- Declarar EXEQUIBLE el Protocolo Modificatorio al Promoción Comercial Colombia- Estados Unidos”, firmado en Washington, Distrito de Columbia el 28 de junio de 2007 y la Carta Adjunta de la misma fecha.
HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
Presidente
COLOMBIA : DESPLAZAMIENTO FORZADO
* INFORME, JUNIO 17, 2008 - ALTO COMISIONADO DE NACIONES UNIDAS PARA REFUGIADOS
* Demanda de Nulidad ACTOS DE PROCURADURIA QUE PERMITEN IMPUNIDAD GENERALIZADA DEL DELITO DE DESPLAZAMIENTO FORZADO - TRES MILLONES DE VICTIMAS SIN VICTIMARIOS
LA LUCHA INTERNACIONAL CONTRA LA MANIPULACION DE LICITACIONES (BID RIGGING) Y OTRAS PRACTICAS DE CARTELIZACION - “WE´RE MAD AS HELL AND WE´RE NOT GOING TO TAKE IT ANY MORE”
(TOMADO DEL ESTUDIO DE MARINO TADEO HENAO - "AUTORREGULACION - REVISION DE EXPERIENCIAS: DE LA PRACTICA ANGLOAMERICANA DEL DERECHO & LOS NEGOCIOS A LAS REGLAS DE LA SOCIEDAD GLOBAL")
El Fiscal a cargo de la Antitrust Division del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, explica: “Déjenme empezar con lo más obvio: los comportamientos de cartel (arreglo de precios, distribución de mercados y manipulación de licitaciones) le hacen daño a los consumidores, le hacen daño a los negocios e impiden el eficiente funcionamiento de los mercados. Y quiero ser bien claro: estos carteles son bandas de ladrones bien vestidos y para ellos debe haber una inequívoca condena pública” (negrilla fuera de texto) Y precisa: “Durante los pasados 12 meses la División ha impuesto más de (US$1,100,000,000) mil cien millones de dólares en multas, casi todas a carteles en el exterior, incluyendo una multa de 500 millones de dólares a una firma Suiza, 225 millones de dólares a una firma alemana, 10 millones de dólares directamente al Presidente Ejecutivo (CEO) de una empresa alemana, así como acuerdos que han sentado precedentes con dos altos ejecutivos de firmas europeas que aceptaron declararse culpables y se les impuso penas de prisión en Estados Unidos, uno de los cuales actualmente está cumpliendo su pena en una prisión de West Virginia”[1] Ya para la década de los 80s más de la mitad de los casos criminales conducidos por la Antitrust Division del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, tuvo que ver con manipulación de licitaciones o arreglos de precios[2]. Joseph P. Cook (2006) en “Auction Design and Collusion” señala que el “bid rigging”[3] y los acuerdos colusorios constituyen un foco de preocupación no solo con respecto a la contratación publica sino también con la adjudicación de licencias para el uso de recursos públicos: “Por ejemplo, la U.S. Federal Communications Commission (FCC) está especialmente interesada en el potencial de colusión y manipulación en las adjudicaciones de licencias para el uso del espectro electromagnético” Por otra parte, la Corte Suprema Federal de los Estados Unidos, ha sostenido que la Foreign Trade Antitrust Improvement Act de 1982 (FTAIA) y el régimen legal americano contra carteles es aplicable, por razón de la materia, en cualquier caso en que las practicas de un cartel internacional tengan efectos domésticos en los Estados Unidos y acepta la búsqueda de indemnizaciones por victimas (usuarios o competidores defraudados) de carteles, cuando haya suficientes vínculos entre esa situación y los daños que les han sido causados[4], La Misión de los Estados Unidos ante la Unión Europea, citando diversos pronunciamientos del Departamento de Justicia[5] destaca que: “nosotros hemos declarado que la aplicación de la ley contra carteles es nuestra máxima prioridad” Puede decirse que la lucha contra la “cartelización” (iniciada con la Sherman Anti-Trust Act, 1890) constituye una de las más importantes tradiciones del derecho americano, pero en menos de 10 años, desde que los 30 países miembros de la OECD, adoptaron la RECOMMENDATION OF THE COUNCIL CONCERNING EFFECTIVE ACTION AGAINST HARD CORE CARTELS[6], está en desarrollo una verdadera “tecnología” internacional de prevención, investigación y persecución civil y criminal de la manipulación de licitaciones, arreglos de precios en procesos de adjudicación de licencias por los gobiernos, distribución de mercados y otras prácticas de cartel[7]. Así, la OECD definió A hard core cartel como: “un acuerdo contra la competencia, una práctica concertada contra la competencia, o un arreglo contra la competencia, mediante la fijación concertada de precios, la manipulación de licitaciones (acuerdos colusorios para la presentación de propuestas), establecer restricciones o cuotas de producción, compartir o dividir los mercados mediante la distribución de clientes, proveedores, territorios o líneas de comercio” El proceso de globalización, los reclamos por el “comercio justo” y la (comprensible) irritación de los usuarios (y de los potenciales competidores) víctimas de los carteles y de los excesos de las empresas que abusan de su posición dominante, han convertido “the anti-cartel enforcement” en una prioridad internacional. El Tercer Informe (2005) de la OECD sobre la implementación de las recomendaciones en este tema[8] y luego de destacar el alto nivel de cooperación alcanzado a nivel internacional en las investigaciones para combatir los carteles y como se ha desarrollado el “know-how” para la prevención, investigación y sanción de estos, señala que: “Una parte muy significativa de los carteles domésticos descritos en la encuesta para este informe fueron carteles para la manipulación de los procedimientos de contratación pública”[9] Eshien Chong[10] (2006) quien igualmente enfatiza que el más grave problema relacionado con los procesos de contratación pública es la colusión entre licitantes, menciona algunos de los casos recientes de judicialización de las prácticas de cartel en Europa: “la Swedish Competition Authority detectó un cartel en la contratación publica para la pavimentación de carreteras (Swedish Competition Authority – Reports 2003-2005) y de la misma forma la French Competition Authority condenó tres firmas proveedoras de infraestructura pública urbana por prácticas de compartir el mercado y cinco firmas por colusión en los mercados de construcción de carreteras (Conseil de la Concurrence, 2005). Es innecesario decir que cuando ocurre colusión entre los licitantes, los procedimientos competitivos de licitación pierden totalmente el sentido” En fin, para enfatizar la irritación internacional con la manipulación de licitaciones y otras prácticas de “cartelización”, el (ya citado) Fiscal JOEL I. KLEIN a cargo de la Antitrust Division del Departamento de Justicia de los Estados Unidos, en el acto central de la INTERNATIONAL ANTI-CARTEL ENFORCEMENT CONFERENCE (Washington, D.C.September 30, 1999), usa las palabras de un personaje de la película Network (1976) quien en una escena grita: “"We're mad as hell and we're not going to take it any more." [1] JOEL I. KLEIN, Assistant Attorney General Antitrust Division U.S. Department of Justice, Westin Grand Hotel, Washington, D.C., September 30, 1999 [2] Chong, Eshien “Collusion in auctions and contractual length: Theory and an empirical study in the French water sector”_ADIS-GRJM, U. Paris, November 15, 2006 [3] “La manipulación de licitaciones ha sido por largo tiempo un importante componente de la aplicación de la legislación antitrust, especialmente a través de acciones criminales. Por ejemplo, en el año fiscal 1990, 25 de las 60 investigaciones (42%) iniciadas por la Antitrust Division del Departmento de Justicia de los Estados Unidos en la fase del gran jurado estuvieron relacionadas con manipulación de licitaciones. En el mismo periodo más de la mitad de los 76 casos criminales que condujeron a una condena, estuvieron relacionados con manipulación de licitaciones (Cook, Joseph P, “Auction Design and Collusion”, 2006) [4] “The Supreme Court remanded the case to the appeals court for further consideration of the plaintiffs' argument that the foreign conduct and domestic conduct were linked (and not "independent"), and therefore the foreign conduct fell under the jurisdiction of US antitrust laws. On remand, the appeals court affirmed the dismissal of the plaintiffs' antitrust claims for lack of subject matter jurisdiction under the FTAIA on the ground that the domestic (US) effects of the defendants' conduct did not proximately cause the foreign plaintiffs' injuries. Empagran v. Hoffmann-LaRoche, 2005 US App. LEXIS 12743 (D.C. Cir. June 28, 2005). But see In re Monosodium Glutamate Antitrust Litigation, 2005 US Dist. LEXIS 8424, 2005-1 Trade Cas. (CCH) ¶74781 (D. Minn. May 2, 2005) (court upholding subject matter jurisdiction under the FTAIA on the ground that domestic effects of an international cartel and foreign plaintiffs' injuries were sufficiently linked).” HARD CORE CARTELS THIRD REPORT ON THE IMPLEMENTATION OF THE 1998 RECOMMENDATION (2005) [5] R. Hewitt Pate, Assistant Attorney Gen., U.S. Dep't of Justice, Securing the Benefits of Global Competition, address before the Tokyo America Center (September 10, 2004) Thomas O. Barnett, Deputy Assistant Attorney Gen., U.S. Dep't of Justice, Antitrust Enforcement Priorities: a Year in Review, address before the Fall Forum of the ABA Section of Antitrust Law (November 19, 2004) U.S. DEPARTMENT OF JUSTICE Assistant Attorney General Thomas O. Barnett Antitrust Division June 2, 2006 Presentation to the 11th Annual Competition Law & Policy Workshop European Union InstituteFlorence, Italy Seven Steps to Better Cartel Enforcement [6] 921st session on 25 March 1998 [7] Ver, a este respecto, los tres informes (2000, 2003 Y 2005) del Comité a cargo de la implementación de las recomendaciones del Consejo (1998) [8] [9] Tercer informe (2005) del Comité de la Competencia [10] Chong, Eshien “Collusion in auctions and contractual length: Theory and an empirical study in the French water sector”_ADIS-GRJM, U. Paris, November 15, 2006
ESTUDIOS SOBRE EL TEMA:·
CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCION (UNCAC) A NIVEL TERRITORIAL - MARINO TADEO HENAO, 2007·
CONVENCION DE NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCION & DERECHO INTERNO COLOMBIANO - MARINO TADEO HENAO
OTRAS PUBLICACIONES ELECTRONICAS DE MARINO TADEO HENAO RELACIONADAS CON EL TEMA·
AUTORREGULACION EN EL REINO UNIDO: DEL CLUB INGLÉS DEL SIGLO XIX A LAS REGLAS DE LA SOCIEDAD GLOBAL·
AUTORREGULACION - NUEVOS ACTIVADORES DEL “POLITICAL FEEDBACK” EN INFRAESTRUCTURA - MARINO TADEO HENAO·
AUTORREGULACIÓN Y REGLAS DE LA SOCIEDAD GLOBAL: EL MERCADO DE VALORES DE LOS ESTADOS UNIDOS - MARINO TADEO HENAO ·
AUTORREGULACIÓN: “SI NO LO HACEMOS NOSOTROS, ALGUIEN MAS LO VA A HACER…Y SIN EL MISMO CONOCIMIENTO"·
Demanda de Nulidad ACTOS DE PROCURADURIA QUE PERMITEN IMPUNIDAD GENERALIZADA DE CRIMENES DE LESA HUMANIDAD - PREPARADA POR MARINO TADEO HENAO Y PRESENTADA POR LA LIGA DE MUJERES DESPLAZADAS·
DERECHO DE PROPIEDAD, IMPUESTOS A LA PROPIEDAD Y DESARROLLO URBANO - LAND AND PROPERTY TAXATION - MARINO TADEO HENAO, MEXICO - EDITADO, ABRIL, 2008·
PROVEEDORES DE AGUA & RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL SALVADOR - VENTAJAS COMPARATIVAS - POTENCIAL - MARINO TADEO HENAO, 2004·
BASE CONCEPTUAL PARA PROGRAMAS DE DESARROLLO INSTITUCIONAL, GERENCIA PUBLICA Y REDISEÑO ORGANIZACIONAL DE DEPARTAMENTOS - MARINO TADEO HENAO, 1992·
BASES SISTEMA FINANCIAMIENTO MUNICIPAL - BONOS & SECURITIZACION - MARINO TADEO HENAO, 2003 ·
PROVISIÓN DEL SERVICIO DE AGUA EN MUNICIPIOS MENORES Y ZONAS RURALES DE COLOMBIA - MARINO TADEO HENAO ·
BASE CONCEPTUAL Y RECOMENDACIONES GENERALES SOBRE LA INSTITUCIONALIDAD PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE & SANEAMIENTO EN EL SALVADOR - MARINO TADEO HENAO·
AUTORREGULACION - REVISION DE EXPERIENCIAS: DE LA PRÁCTICA ANGLOAMERICANA DEL DERECHO & LOS NEGOCIOS - MARINO TADEO HENAO
PUBLICACIONES ELECTRONICAS DE MARINO TADEO HENAO
CARTELIZACION -
ACUERDOS PARA ELIMINAR LA COMPETENCIA EN LA POLITICA Y LOS NEGOCIOS
LATAM TRADE AGREEMENTS
° Pass the Peruvian F.T.A. - Congressional Democrats should vote for the Peruvian deal, which would give American businesses greater access to Peru’s markets - NYTimes Editorial, Nov 7,2007 -
° Trade Deal With Peru Likely to Pass House Vote - in a rare show of bipartisan cooperation, President Bush and House Speaker Nancy Pelosi appealed Tuesday for passage of a free-trade agreement with Peru - vote scheduled for Wednesday in the House of Representatives
° BUSH SAYS "Champions of false populism in the region are watching Congress.They will use any failure to approve these trade agreements as evidence that America will never treat democracies in the region as full partners"
° FAILURE BY CONGRESS TO ADOPT A FTA WITH COLOMBIA WOULD BOLSTER THE ANTI-AMERICAN CAMPAIGN OF CHAVEZ - FTA with Colombia a "fundamental base of our relations in Latin America," says Undersecretary of State Nicholas Burns
° COLOMBIA (SENADO DE LA REPUBLICA)- PROTOCOLO ADICIONAL AL TLC NO CAMBIA LA NATURALEZA LESIVA DEL TRATADO -SENADOR ROBLEDO (PDA)
° US - House Panel Approves A Trade Pact With Peru- A Panama deal may have the best chance of passage - Democratic leaders said that the Colombia deal cannot be considered until Colombia does more to end human rights abuses, especially against workers trying to organize (NYTimes - Sept 26,2007)
° LETTER - Carolina Barco - Ambassador of Colombia (Published: October 15, 2007) - Now more than 60 paramilitary leaders and 40 Colombian congressmen with alleged paramilitary connections are in jail awaiting trial, and more than 33,000 paramilitaries have been demobilized with oversight by the Organization of American States
° NYTimes - Editorial, Oct 8, 2007 - Only Colombia’s deal should be delayed - President Álvaro Uribe and his government have not done enough to bring to justice the paramilitary thugs —
ACUERDO EN WASHINGTON SOBRE TLCs:COMERCIO, POLITICA Y DERECHO-
MARINO TADEO HENAO (MATHEO)
matheo.henao@gmail.com
Los Derechos Fundamentales pasan de los acuerdos colaterales (side agreements) a la parte fundamental (core) de los tratados y, ante todo, se les reconoce explícitamente su jerarquía superior en el (emergente, en formación) nuevo orden jurídico internacional. El acuerdo celebrado en Washington en mayo entre la mayoría demócrata en el congreso y la administración republicana, deja las bases para una política bipartidista de los Estados Unidos en la negociación de Tratados de Libre Comercio. Hay quienes lo consideran como un acuerdo “histórico”. Es tan importante?.POLITICA…
El Acuerdo refleja la necesidad de ambos partidos de mostrar la viabilidad de políticas conjuntas en temas fundamentales. El fuerte disenso sobre Irak es suficiente confrontación entre los partidos y la opinión americana quiere ver algunas áreas o temas de consenso. Pero el acuerdo sobre Tratados de Libre Comercio es sorpresivo porque, como recuerda Steven R. Weisman (NYTimes, Mayo 11, 2007) “En los 90s el Presidente Clinton solo pudo conseguir el apoyo del 40% de sus copartidarios demócratas para apoyar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y solo el 60% de apoyo para el Tratado de la Organización Mundial del Comercio”. Los candidatos republicanos no quieren llegar a la eleccion presidencial con el lastre de ver totalmente asociado a su partido con los intereses de las grandes corporaciones. Por otra parte, los sindicatos, que han sido una base electoral y financiera clave para el partido demócrata, han recuperado poder y crece la influencia de los grupos interesados en temas de medio ambiente.Y…DERECHO
El proceso político que condujo a este acuerdo entre la mayoría demócrata en el congreso y la administración republicana, permite un avance destacable en la dirección de formar un derecho para los temas y problemas de una sociedad, (inevitablemente) cada vez más global.
Lo que más se ha objetado, a veces con razón, a los Tratados de Libre Comercio es que están en una línea divergente con los derechos fundamentales que protegen otros instrumentos de derecho internacional.
Los Tratados de Libre Comercio son percibidos como imposición de los grandes intereses corporativos. El acuerdo le da una señal dura al poderoso lobby de la industria farmacéutica (que ha ido muy lejos en hacer prevalecer sus intereses mercantiles) y, más sustancialmente, pone los Tratados Comerciales de los Estados Unidos en una línea convergente con instrumentos internacionales de protección de los trabajadores y de protección del medio ambiente.
Las cláusulas a ese respecto, que en el Tratado con México y Canadá (NAFTA) estuvieron en “acuerdos colaterales” o side agreements, ahora deben estar incorporadas en la parte principal (“core”) de los Tratados. Más allá de esto: Los mismos mecanismos de solución de conflictos previstos para aspectos puramente comerciales deben emplearse para resolver las cuestiones ambientales y laborales.
Como un acomodamiento de placas tectónicas, el proceso de globalización envuelve también el choque de culturas jurídicas (derecho continental europeo - derecho angloamericano) y el encuentro (o articulación), muy difícil, entre los instrumentos de derecho internacional que protegen los derechos fundamentales, con los instrumentos de derecho comercial.
El acuerdo bipartidista en Estados Unidos es histórico en reconocer la primacía de los derechos fundamentales. En caso de conflicto de normas entre los tratados comerciales y los instrumentos internacionales de protección del medio ambiente, prevalecen estos y, en ningún caso podrán interpretarse normas de los TLCs de una forma que impida la plena aplicación de Tratados Internacionales sobre derechos de los trabajadores.
Los derechos fundamentales empiezan a pasar de los acuerdos colaterales a la parte fundamental (core) de los tratados y, ante todo, se les reconoce explícitamente su jerarquía superior en el (emergente, en formación) nuevo orden jurídico internacional.
matheo.henao@gmail.com
PROTOCOLO ADICIONAL DEL TLC NO CAMBIA LA NATURALEZA LESIVA DEL TRATADO
INTERVENCION DEL SENADOR ROBLEDO (PDA) EN EL SENADO (OCTUBRE 17, 2007)
El "protocolo adicional”, de 21 páginas, que toca nueve de los 24 capítulos del texto original, no cambia la naturaleza lesiva del TLC con Estados Unidos, afirmó en la plenaria del Senado, el congresista Jorge Enrique Robledo, por lo que el Polo Democrático lo votará negativamente.
(...) No había texto, pues se sabía ya que el firmado el 22 de noviembre de 2006 iba a ser modificado por el Congreso de Estados Unidos, como en efecto sucedió.
(...) El texto no fue tocado en aspectos tan sustanciales como el de los capítulos financiero, agrario, industrial y de telecomunicaciones. Se hacen retoques mínimos en el de inversiones, todos a favor de Estados Unidos, y otros cuantos en medicamentos, pese a los cuales el TLC les sigue concediendo a las trasnacionales estadounidenses de la industria farmacéutica mayores privilegios que los reconocidos por la propia Organización Mundial del Comercio, OMC. En el capítulo de propiedad intelectual se dan incluso casos aberrantes, denunció el senador, como el de la mañosa traducción hecha por el gobierno colombiano del texto original en inglés buscando dar trato de privados a los conocimientos públicos, lo que hace casi imposible registrar nuevos genéricos.
"El capítulo laboral no apunta de verdad a subir los estándares, pues, entre otros puntos, permite reducir el salario mínimo. Se trata en últimas de una maniobra propagandística para tranquilizar a los sindicatos de Estados Unidos con sonoras declaraciones para la galería, como aquella de que “las partes reafirman sus obligaciones como miembros de la OIT ”, cuando Estados Unidos, como lo sabe todo el mundo, solo ha ratificado dos convenciones de dicha organización. Las mismas frases demagógicas se aprecian en el capítulo de medio ambiente, en el que las dos partes “reconocen la importancia de los acuerdos cubiertos”, pero Washington no ha adherido ni al Protocolo de Kioto, ni a la Convención de Río, ni a la de Basilea, ni a la de Cartagena, sobre bioseguridad, biodiversidad y residuos peligrosos.
En el capítulo de compras públicas, el “protocolo” abre las puertas a las autoridades estadounidenses para imponer nuevas condiciones a las empresas exportadoras colombianas".
http://abc.senado.gov.co/prontus_senado/site/artic/20071017/pags/20071017150654.html
LISTA DE SITIOS WEB DE / SOBRE LA CORTE SUPREMA FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS -SELECCIONADOS POR LOS EDITORES DEL NYTimes:
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Scotusblog.com · From Akin, Gump Strauss Hauer & Feld, one of Washington's leading law firms.
· Oyez.org · News and podcasts from about the Supreme Court.
· FindLaw Writ · Articles on recent decisions.